CUMPLIENDO UNA DE SUS MISIONES PRIMORDIALES, DE QUE LOS AFILIADOS A LA FEDERACION, PUEDAN PARTICIPAR ELIGIENDO A QUIENES INTEGRARAN EL NUEVO CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL BAJO LA LEGALIDAD ESTABLECIDA EN EL ESTATUTO VIGENTE DE LA FEDERACION MEXICANA DE CHARRERIA, A C.
LA FEDERACION MEXICANA DE CHARRERIA, A. C., y con fundamento en los CAPITULOS III, Derechos y Obligaciones de los Integrantes de la Federación, Artículo 11, fracción II, Artículo 12, fracción XXI., CAPITULO IV del Consejo Directivo Nacional, Artículos 17, 18, 21, 22, 23., CAPITULO V del Presidente Artículo 27, fracción XI., CAPITULO VII, Del Secretario General , Artículo 29 fracción IX., CAPITULO VIII, del Secretario de Tesorería y Finanzas Artículo 31, fracción X CAPITULO IX, del Comisario, Artículo 34, fracción VII, CAPITULO XLI, De las Juntas y Asambleas de la Federación Artículos 177 fracción I, Artículo 178, 179, 180,181, 182, fracción I, II, y III. y Artículo 183., CAPITULO XLIII, De las Asambleas Generales 190,191, inciso C.), 192, 193, 194 y 195, Incisos A), B), C), D), E) y F), Capítulo XLV De la Asamblea General de Elecciones, Artículos 205, 206, fracciones I, II, III Y IV, Artículo 207, fracciones I, II, III, IV y V, Artículo 208, fracciones del I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, Artículos 209, 210, fracciones I, II y III, DE LA ELECCIÓN DEL
CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL Artículos 211 y 212, numerales 1., 2. y 3., Artículos 213 y 214, fracciones I, II, III, IV y V, incisos, A, B, C, D, E, F, G Y H, VI, Artículos 215 y 216., CAPITULO XLVII DEL COLEGIO ELECTORAL Artículos 217, 218, 219, 220,
221. y demás aplicables, del Estatuto Vigente, en lo dispuesto por la Ley General de Cultura Física y Deporte, su Reglamento regulada por la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE) y lo establecido en el Estatuto y Reglamento de la Confederación Deportiva Mexicana (CODEME).
SE CONVOCA A LAS ASOCIACIONES DE CHARROS DE LOS ESTADOS DE LA REPUBLICA MEXICANA Y DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA AFILIADOS A LA FEDERACION MEXICANA DE CHARRERIA, AC. A PARTICIPAR EN EL PROCESO DE RENOVACION DEL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL PARA EL PERIODO 2021 – 2024 BAJO LAS SIGUIENTES BASES:
ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES 1.- ASOCIACIONES PARTICIPANTES
1.1.- De las Asociaciones:
En la Asamblea General de Elecciones solo podrán votar las Asociaciones integrantes de la Federación que cumplan con establecido en el Articulo 195 del Estatuto vigente debiendo cumplir con los requisitos siguientes:
1.2.1.-De las Asociaciones integrantes de la Federación una vez cumplido con lo establecido en el Artículo 195, se integraran tres listas de acuerdo a lo siguiente:
1.- En la primera lista se relacionarán las Asociaciones que cumplan en su totalidad con los requisitos mencionados y que por tal motivo tienen derecho a voto en la Asamblea General de Elecciones de la Federación.
2.- En la segunda lista se relacionarán las Asociaciones que no están al corriente, señalando cuales son los requisitos faltantes de cumplir a fin de que puedan tener voto en la Asamblea General de elecciones de la Federación.
3.- En la tercer lista se relacionarán las Asociaciones que no tienen derecho a voto y que no podrán regularizarse, y que estén impedidas, conforme lo establecido en el Artículo 195 en incisos A), D) y F) del Estatuto Vigente.
1.3.- Fecha límite para dar cumplimiento a los requisitos faltantes:
2.- REGISTRO Y APROBACION DE PLANILLAS:
2.1.- LUGAR Y FECHA DE REGISTRO DE PLANILLAS:
El registro se realizará el día 30 de junio de 2020, en el horario de las 10:00 horas a las 18:00 horas en donde los integrantes que encabezan las planillas, deberán presentar la solicitud de registro de planilla debidamente requisitada, acompañada con la documentación en original y copia. La cual será recibida por el Secretario del Colegio Electoral, en las oficinas que ocupa la Federación Mexicana de Charrería, A C. sito calle Isabel La Católica # 108, esquina con avenida José María Izazaga, Código Postal 06080, Colonia Centro, de la Ciudad de México.
La Elección del Consejo Directivo Nacional de la Federación Mexicana Charrería, A C. Se realizará a través de la presentación de la solicitud de registro de los integrantes planilla que corresponda debiendo contener los cargos siguientes:
2.3.- VERIFICACION Y VALIDACION DE PLANILLAS:
Una vez que los representantes de las propuestas de planillas se integren al colegio electoral, este verificara que los candidatos cumplan con los requisitos de elegibilidad para ser integrantes del consejo directivo nacional de la Federación.
2.4 De las Campañas de Proselitismo:
2.4.1.- Una vez que haya(n) recibido la validez de su registro la o las planillas. Al siguiente día podrá(n) iniciar campaña de proselitismo de manera oficial guiándose bajo los principios de RESPETO, TRANSPARENCIA, HONESTIDAD, LEALTAD Y LEGALIDAD.
2.4.2.- El término de Campaña Proselitista será hasta un día antes de la fecha establecida para la elección.
2.4.3.- Queda prohibido realizar cualquier tipo de proselitismo por todos los medios existentes el día de la elección
2.4.4.- Los integrantes de las planillas, son responsables de los actos proselitistas que realicen y se deberán guiar respetando a las planillas que de igual manera están realizando proselitismo.
.2.4.5.- Planilla que viole esta disposición, bajo la investigación correspondiente y esté presentado ante el Colegio Electoral la queja correspondiente, se aplicará el reglamento de sanciones y recursos.
3.- PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL:
3.1.- Padrón electoral.-
Una vez que el Pro Secretario General del Consejo Directivo Nacional cuente con el Padrón Electoral validado por el Colegio Electoral, lo dividirá por entidad y enviará la parte correspondiente a cada Presidente de las Uniones de Asociaciones de Charros, quienes a su vez, lo comunicarán a las Asociaciones incluidas en dicho padrón, así mismo, lo enviará directamente a las Asociaciones integrantes de la Federación Mexicana de Charrería, A C. que forman parte del Padrón Electoral y lo publicará en la página web oficial de la Federación www.fmcharreria.com, Redes Sociales Oficiales, y Aplicación Oficial de la Federación (App). Para conocimiento de las Asociaciones de Charros integrantes de la Federación Mexicana de Charrería, A C. pertenecientes a los estados de la República Mexicana y en los Estados Unidos de América.
Las votaciones para elegir al Consejo Directivo Nacional se realizarán simultáneamente en todos los estados de la República Mexicana, y en los Estados Unidos de América, el día 7 de octubre del 2020. de las 10:00 horas, hasta las 20:00 horas (tiempo de la Ciudad de México).
Las sedes y horarios de cada entidad en donde se llevarán a cabo las elecciones se determinarán por el Colegio Electoral simultáneamente con el Padrón Electoral y se publicarán en la página web oficial de la Federación www.fmcharreria.com. Redes Sociales Oficiales y Aplicación Oficial de la Federación.
Es responsabilidad del Consejo Directivo Nacional y del Colegio Electoral el envío y entrega de las cédulas de votación a los asistentes con derecho a voto de las Asociaciones de Charros integrantes de la Federación Mexicana de Charrería, A C. Así como la recolección de las cedulas utilizadas y no utilizadas, por lo que, conjuntamente determinarán el procedimiento para ello.
Solo las Asociaciones integrantes de la Federación, que se encuentren dentro del Padrón Electoral podrán ejercer su voto en las elecciones a través de su representante, quien deberá ser el Presidente, o en su caso el Vicepresidente o Secretario o Tesorero de su respectiva Asociación de Charros, debidamente acreditados, que se encuentren registrados ante la Federación Mexicana de Charrería, A C. para que ejerza el derecho a votar.
Los Presidentes de las Uniones de Asociaciones de Charros de los Estados de la República Mexicana y en los Estados Unidos de América y en su caso los responsables de las sedes, son los responsables de la o las sedes que se establezcan en su respectiva entidad o jurisdicción, y tienen como obligaciones y atribuciones las siguientes:
El Colegio Electoral bajo su responsabilidad, resguardará los paquetes electorales y los entregara el día de la celebración de la elección de la Asamblea General de Elecciones a quien presida, a fin de que en dicha Asamblea sean abiertos los paquetes y se realice el escrutinio correspondiente.
4.1.- Sede, fecha y hora de la celebración de la Asamblea General de Elecciones:
La Asamblea General de Elecciones se llevara a cabo en las instalaciones de la de la Federación Mexicana de Charrería, A C., con domicilio en Isabel La Católica número 108, colonia centro, Código Postal. 06080, Ciudad de México, el día 2 de diciembre del 2020 a las 10:00 horas en primera convocatoria y en segunda 30 minutos después.
El registro de Delegados a la Asamblea General de elecciones será el 2 de diciembre del 2020 en la sede de la asamblea a partir de las 9:00 horas y hasta 5 minutos antes de la hora de inicio de la asamblea.
Las Asociaciones Integrantes de la Federación, en caso de no asistir el Presidente, Vicepresidente Secretario o Tesorero, podrán ser representados por un delegado registrado previamente ante la Federación.
4.3.- Orden del dia
La Asamblea General de Elecciones se desarrollará bajo el siguiente orden del día.
I.- Lista de presente
II.- Declaración de la instalación legal de la Asamblea.
III.- Certificación del número de integrantes de la Federación con derecho a voto, conforme al Padrón Electoral.
IV.- Lectura de las planillas registradas y consideradas como firmes y válidas. V.- Lectura del acta final del Colegio Electoral
VI.- Elección del presidente de la mesa electoral VII.- Elección de un escrutador por planilla
VIII.- Elección del Consejo Directivo Nacional de la Federación con base en los paquetes electorales y en las actas estatales computadas
IX.- Declaración del Consejo Directivo Nacional Electo X.- Toma de protesta del consejo directivo nacional XI.- Clausura de la Asamblea General de Elecciones.
Para que se considere legalmente instalada la Asamblea General de Elecciones y sus acuerdos sean tomados válidamente, deberán estar presentes o representados:
1.- El 50% más uno de las Asociaciones Integrantes de la Federación Mexicana de Charrería,
A.C. que conformen el Padrón Electoral.
2.- En caso de que llegada la hora de inicio de la Asamblea de Elecciones no se cuente con el porcentaje de Asociaciones presentes o representadas que señala el numeral inmediato anterior, se esperara un tiempo de 30 minutos y se instalara valida y legalmente con los delegados y representantes de las Asociaciones Integrantes de la Federación Mexicana de Charrería, A C. que estén presentes.
5.1.- Integración del Colegio Electoral.
El Colegio Electoral de la Federación Mexicana de Charrería, A.C. se integrará a partir de la emisión de la presente Convocatoria, observando en todo momento que dure su participación, lo que indica en el Capítulo XLVII del Colegio Electoral Articulo 227, fracción I, Inciso A), B), C) y D), fracción II, Incisos A), B), C), D), E), F), G), H), I) y J). fracciones III, IV, V,VII Y VIII y los Artículos 218, 219, 220 y 221 del Estatuto Vigente de la Federación Mexicana de Charrería, A.C.
6.1 Los casos dudosos o controvertidos que se presenten durante todo el Proceso Electoral, serán revisados y resueltos conforme a lo que establezca el estatuto vigente de la Federación Mexicana de Charrería, A.C., la normatividad y legislación que le es aplicable.
UNICO: Manteniendo transparencia en los actos de los integrantes y directivos en todos sus niveles así como de los Presidentes de las Uniones de los Estados de la República Mexicana y de los Estados Unidos de América., deberán presentar su renuncia a los cinco días hábiles posteriores a la publicación de la presente convocatoria a la Federación Mexicana de Charrería,
A.C. quienes formen parte de las planillas que contenderán en la elección para la Renovación del Consejo Directivo Nacional.
Así mismo queda prohibido a los integrantes del Consejo Directivo Nacional manifestarse en favor o en contra de cualquier integrante de las planillas que pretendan participar, caso omiso a esta indicación presentará su renuncia de manera voluntaria e irrevocable.
La Convocatoria será publicada en la página web oficial www.fmcharrería.com, redes sociales oficiales, aplicación oficial de la Federación Mexicana de Charrería, A.C. y en un diario de circulación nacional.
La presente Convocatoria podría ser sujeta a modificaciones por autoridades federales en relación a la Pandemia del COVID-19.
Ciudad de México., a 15 de mayo de 2020
por la Federación Mexicana de Charrería, A C.
ING. LEONARDO MARTIN DAVILA SALINAS. ING.PABLO CERON GONZÁLEZ. PRESIDENTE PROSECRETARIO GENERAL
Por la Confederación Deportiva Mexicana.